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Desde el 1° de diciembre del año 2017, entró en vigencia plena la Ley N° 10.281 a través de la resolución nº 46/2017 emitida por la autoridad de aplicación, Ersep. A partir de esta fecha es necesario presentar un certificado de instalación eléctrica apta para pedir una conexión de energía eléctrica por parte del usuario a la distribuidora o realizar alguna modificación en el servicio contratado. El mismo se emite vía web del Ersep.
La resolución nº 8/2017 distingue dos tipos de instalaciones. Las instalaciones “nuevas”, que deben cumplir con todos los requisitos de AEA como están indicados en la regalmentación 90364. Para las instalaciones “existentes” se debe cumplir con los requisitos mínimos de seguridad eléctrica como lo indica la ley. Estos requisitos básicos que deben tener las instalaciones están indicados en el anexo 5/2016 del ERSeP de acuerdo a la potencia contratada:
Los certificados válidos para instalaciones eléctricas nuevas o pre-existentes están conformados por un total de seis planillas.
La Cooperativa verificará que los datos de la primer planilla del certificado sean los correctos, y los mismos deberán coincidir con los datos del propietario o inquilino, es decir, nombre del titular de la conexión, datos del inmueble, y datos del instalador electricista habilitado. En la parte superior del certificado debe decir “APTO”.
Los certificados de instalación eléctrica apta tiene una vigencia de 2 años contados a partir de la creación del certificado para realizar trámites en la distribuidora. Una vez vencido el plazo de los 2 años se deberá solicitar un nuevo certificado a un instalador electricista habilitado.
El consumo de electricidad tiene como unidad de medición el Kilo Watt-hora (kWh) y con esta misma unidad facturamos su consumo.
Generalmente disponemos de dos tipos de medidores; los mecánicos y los electrónicos.
Ahora que sabemos cómo tomar la lectura del medidor debemos saber cómo usarlo para controlar nuestro consumo eléctrico. El consumo de un periodo determinado de tiempo, es la diferencia de lecturas del medidor.
Para determinar su consumo, se debe realizar la siguiente operación:
5.028 (LECTURA ACTUAL) – 4.808 (LECTURA ANTERIOR): 220 = CONSUMO
Esta información se puede chequear en su factura, donde se especifican los datos sobre la medición del consumo.
Usted puede controlar su consumo mensual de electricidad, sino cada quincena, semana o a diario.
El control del consumo eléctrico en el hogar a través de la correcta lectura del medidor es importante para detectar qué días se eleva o disminuye su consumo.
Tomar la lectura correctamente le ayudará a encontrar las formas para ahorrar energía.
Hasta un consumo mensual de 150 kWh/mes (consumo base) se descontará el 100% del Precio Estabilizado de la Energía (PEE). Para el consumo mensual excedente del consumo base del inciso (a) anterior: Hasta los 150 kWh/mes se descontará el 50% del Precio Estabilizado de la Energía (PEE). Para el resto del consumo excedente, no tendrá descuento en el Precio Estabilizado de la Energía (PEE). Argentina.gob.ar: Tarifa Social Federal
La Secretaría de Energía puso en marcha el régimen de Generación Distribuida para que cualquier usuario pueda generar energía limpia para autoconsumo e inyectar los excedentes a la red.
El Ministerio de Salud estableció el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), al que deben inscribirse todos los usuarios para acceder a tarifa cero, atención prioritaria y ayuda con grupos electrógenos.
A partir del 26 de Mayo del 2017, entró en vigencia la nueva Ley 27.351. El Ministerio de Salud de la Nación es quién otorgará esta condición de electrodependencia y para ello, te brindamos la información necesaria para realizar el trámite.
Gratuidad del servicio eléctrico. Se bonifica el costo fijo y variable. La mencionada bonificación tiene vigencia retroactiva al 26 de mayo de 2017, teniendo en cuenta la fecha de inicio del trámite, y se podrán recalcular las facturas desde ese momento en adelante.
En caso de que resultase un crédito a favor del cliente, una vez descontadas las posibles deudas pendientes, el mismo podrá cobrar el monto resultante en cualquier oficina comercial exhibiendo factura y DNI del titular del servicio.
Los efectos de las bonificaciones mencionadas no aplican para la deuda generada anteriormente a la publicación de la ley. Dado que sólo se bonificarán los conceptos tarifarios podrán facturarse otros cargos como la tasa de alumbrado público correspondiente al municipio local, artículos y/o accesorios de iluminación que el cliente pudiese haber adquirido en nuestra empresa, etc.
Los nuevos suministros encuadrados como electrodependientes, generados con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley, estarán eximidos de cargos asociados al derecho de conexión y del depósito en garantía.
Si realiza su pago por transferencia bancaria, deberá enviarnos copia del comprobante por mail o whatsapp indicando el Nº de su Conexión.
Lunes a Viernes de 7.30 a 13 Hs.
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